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Información de interes

En este espacio buscamos informarle a Ud. como trabaja el rubro inmobiliario en Colonia y especialmente nosotros, por lo que tratamos de resumirles las respuestas a las consultas concretas que habitualmente recibimos de Uds. como clientes. Solemos recomendarle a nuestros clientes que concreten su búsqueda o publiciten su propiedad con una inmobiliaria o a lo sumo dos, ya que en Colonia, el funcionamiento del 99% de las Inmobiliarias es el de compartir el material, esto quiere decir, que en la mayoría de los casos, los negocios se concretan con el cliente de una Inmobiliaria y la propiedad de otra. Este sistema de trabajo, hace que los clientes muchas veces no sepan que el mismo trabajo que hacen al buscar una propiedad en las diferentes webs o en las diferentes publicaciones de inmuebles, es a lo que recurre cada Inmobiliaria al momento de buscarle a su cliente concreto una propiedad.

Deje que la inmobiliaria haga su trabajo.

Otra ventaja de centralizar la búsqueda de una propiedad por intermedio de una Inmobiliaria, es que habitualmente si un cliente llama a una inmobiliaria por algo que ve publicado o por un cartel, esa inmobiliaria tratará conseguir captar al cliente y seducirlo para ver esa u otra propiedad. En cambio, si la inmobiliaria que Ud. eligió para que le haga la búsqueda en concreto llama a ese colega, muchas veces conseguirá mayor información por dicha propiedad, tanto los pros como los contras, pudiendo filtrar si se adapta o no a las necesidades del potencial comprador o inquilino. Si Ud. va a contratar los servicios de una Inmobiliaria, elija una que le inspire confianza y que capte sus necesidades rápidamente para no malgastar su tiempo

Nuestra tarea profesional para satisfacer las necesidades y deseos de nuestros clientes comienza desde el momento que nos ingresa la propiedad. Por eso hemos preparado el breve listado de sugerencias que a continuación se detalla ya que creemos que es importante contar su ayuda. Queremos que el proceso de comercialización se haga de la mejor manera. Por ese motivo nuestra política es asesorarlo y ayudarlo a que su propiedad se pueda vender o alquilar rápidamente. Algunas de ellas tienen que ver con pequeñas reparaciones y otras con la presencia de los ambientes; en definitiva, todas posibilitan poder llegar al comprador predisponiéndolo favorablemente.

He aquí un listado orientativo:

  • Haga reparar aquellas canillas que gotean y/o tanques de descargar de los inodoros que no funcionen correctamente.
  • Si alguna persiana tiene la correa cortada, hágala arreglar.
  • Reponga aquellas lámparas quemadas o tubos de luz con dificultades de encendido.
  • Haga reparar las pequeñas cosas que hacen al mobiliario que queda en la propiedad, como bisagras o cerraduras de placares o muebles de cocina.
  • Limpie aquellas paredes, puertas, ventanas y vidrios que lo requieran.
  • Tenga limpia las alfombras, en caso de ser necesario hágalas lavar.
  • Mantenga la cocina y los artefactos sanitarios impecables.
  • Si algún ambiente requiere quitar algún mueble, y ello es posible, no dude en hacerlo; el mismo parecerá más grande.
  • Tenga prolijo los balcones, patios y/o jardines.
  • Tenga ordenada y presentable la propiedad.
  • Tenga los ambientes bien ventilados y presente los mismos para que luzcan luminosos.
  • No olvide notificarnos sobre aquellas cosas que no quedan en la propiedad cuando la misma se venda.
  • Mantenga ordenados los placares para que el comprador pueda apreciar su capacidad y espacio.
  • Procure que sus pisos luzcan impecables.

Recomendamos colocar un cartel en la propiedad, tenga en cuenta que en muchos casos la venta o alquiler funciona por recomendación de amistades, vecinos y personas habituales a la zona hacia su círculo de familia, en otros casos, muchas veces el publico recorre los sectores de su interés y toma l información de los carteles, lo cual es un punto de partida importante ya que el potencial interesado conoce la zona, el entorno y el inmueble, lo que de por si, constituye una ventaja considerable. El cartel es un elemento de promoción que cumple su función durante las 24 horas.

Impuestos a su cargo:

Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP): En el año 1990 se creó el impuesto a las trasmisiones patrimoniales de bienes ubicados en el país, que grava los siguientes actos:

  • a) las enajenaciones de bienes inmuebles, de los derechos de usufructo de nuda propiedad, uso y habitación;
  • b) las promesas de enajenaciones, referidas en el literal anterior y las cesiones de dichas promesas; entre otros. El monto imponible será para actos relativos a bienes inmuebles, el valor real fijado por la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado vigente y actualizado al momento en que se configure el hecho gravado, siendo la tasa aplicable del 2% (dos por ciento). El Escribano interviniente por la parte compradora, es agente de retención de dicho impuesto y habitualmente se encarga de su pago ya que sin él, no puede registrar el Acto gravado.

Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Dicho impuesto grava la venta de inmuebles, aplicando una tasa del 12% al resultado por la venta de los mismos. Algunos casos se encuentran exonerados del pago de dicho impuesto, pero se debe de cumplir con determinados requisitos a saber:

  • El precio de venta debe ser menor a 1.200.000 UI;
  • Que por lo menos el 50% de la venta se destine a adquirir la nueva casa habitación;
  • Que el plazo entre las operaciones de compra y venta, cualquiera sea su orden, sea menor o igual a 12 meses;
  • Que el precio de compra de la nueva casa habitación no sea superior a 1.800.000 UI. En caso de no estar exonerado, es preciso saber la siguiente información:
    • Para los Inmuebles que se adquirieron antes del 1º de julio de 2007 se puede optar por calcular el resultado gravado de forma real o ficta. Para el resto solo se puede utilizar el criterio real.
    • El resultado ficto se halla multiplicando el precio de venta por un 15%, por lo que en definitiva el impuesto termina siendo un 1,8% del precio de venta.
    • El resultado real se calcula como la diferencia entre el precio de la venta y el costo fiscal actualizado del inmueble más el ITP de cargo del vendedor. En ambos casos, si el precio de venta fuese inferior al valor real de catastro se debe considerar este último para calcular el resultado. El costo fiscal comprende no sólo el costo de adquisición, sino también las mejoras bien documentadas y la mano de obra actualizada siempre que se haya realizado el Aporte Unificado de la Construcción. La actualización del costo se realiza según la evolución de la UI, y si la misma no existiera al momento de la compra se aplica la variación del IPC hasta la fecha de vigencia de la UI.